Te entregaron hormigón que no cumple: a dónde podés reclamar
Normativa y responsabilidad

Te entregaron hormigón que no cumple: a dónde podés reclamar

El rechazo se hace antes de descargar. Después: reclamo escrito, Ventanilla Federal Única si sos consumidor final, y la vía contractual si no lo sos.

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Equipo Premezclado

Publicado el 2026-08-18

Te entregaron hormigón que no es el que pediste, o las probetas dieron abajo, o la consistencia que bajó del camión no tenía nada que ver con lo especificado. Antes de pensar a dónde reclamás, hay algo más urgente: si no tenés prueba, no tenés reclamo. Esta guía va en ese orden.

Aviso que corresponde: acá describimos las vías que existen y qué dice la normativa. Esto no es asesoramiento legal. Si el problema es serio, consultá con un abogado y con un profesional de la construcción.

Momento cero: el rechazo se hace antes de descargar

El CIRSOC 200-24 es taxativo con los pastones que no cumplen en estado fresco. No dice «se negocia»: dice que se rechazan.

Qué no cumpleQué dice el reglamentoArtículo
Consistencia (asentamiento)Los pastones no conformes por su consistencia serán rechazados6.7.3.4
Contenido de aire incorporadoLos pastones con resultados no conformes en el contenido de aire deben ser rechazados6.7.4.4
Temperatura del hormigón frescoLos pastones con resultados no conformes por su temperatura de colocación deben ser rechazados6.7.5.4
Masa por unidad de volumenLos pastones con resultados no conformes en la masa por unidad de volumen deben ser rechazados6.7.6.4
Material pulverulento (tamiz IRAM 300 µm)Se considera no conforme cuando es menor que el valor de la Tabla 4.4; el pastón se considera no conforme6.7.7.3 y 6.7.7.4

La consecuencia práctica: una vez que descargaste, perdiste la carta más fuerte. Un hormigón que se colocó en la estructura ya no se puede devolver, y la discusión pasa de «rechazo esta carga» a «probemos qué se colocó». Es un salto de dificultad enorme. Por eso el ensayo de consistencia se hace en la descarga y no después.

Qué necesitás tener para reclamar algo

  • El pedido por escrito. Clase de hormigón, clase de exposición, asentamiento, tamaño máximo del agregado, edad de diseño. Si pediste por teléfono y sin papel, el reclamo arranca cuesta arriba.
  • Los remitos firmados. Con hora, volumen y sector donde se colocó. El reglamento obliga al Director de Obra a archivarlos con el nombre del proveedor y el número de boleta.
  • Los registros de recepción. Asentamiento medido, temperatura, quién lo hizo y a qué hora.
  • Las probetas. Moldeadas, curadas y ensayadas como corresponde. Sin probetas, la verificación por extracción de testigos tiene un límite explícito en el reglamento: no se puede aplicar a estructuras en construcción en las que se carezca de resultados de ensayos de probetas moldeadas.
  • La factura. Que coincida con los remitos.

Paso 1: el reclamo directo, por escrito

Suena obvio y sin embargo mucha gente lo saltea y va directo a la queja formal. Un reclamo escrito al proveedor —correo electrónico sirve— con el detalle de qué se pidió, qué se entregó, con qué remitos y qué resultados de ensayo, hace tres cosas: muchas veces resuelve el problema, fija la fecha del reclamo y deja constancia. Guardá el envío y la respuesta.

Paso 2: averiguá si tu caso es una relación de consumo

Este es el filtro que decide a qué puerta podés golpear, y casi nadie lo verifica antes. La Ley 24.240 define en su artículo 1° que se considera consumidor a la persona física o jurídica que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.

La palabra que decide es destinatario final. Si sos un particular que está construyendo su casa, en principio encajás. Si sos una empresa constructora que compra hormigón como insumo de su actividad, en principio no, y tu vía es la contractual y comercial, no la de consumo. La calificación de cada caso particular no la hacemos nosotros: es materia jurídica.

Paso 3A: si es relación de consumo

La autoridad nacional en la materia es la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, y el punto de entrada de los reclamos es la Ventanilla Federal Única de Defensa del Consumidor. Es un sistema en línea, gratuito y federal: recibe el reclamo y lo deriva al organismo que corresponda atenderlo según tu jurisdicción.

Para iniciarlo necesitás:

  • DNI o pasaporte.
  • Teléfono o correo electrónico de contacto.
  • Nombre y localidad del proveedor.
  • Información básica de la compra: provincia y datos del proveedor.

Se completa el formulario, se envía, y recibís por correo electrónico el número de reclamo asignado. Después te contacta la autoridad que corresponda para los pasos siguientes.

Las herramientas que te da la ley en ese terreno:

  • Artículo 4°: el proveedor está obligado a suministrar información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización.
  • Artículo 10 bis: ante el incumplimiento de la oferta o del contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el consumidor puede elegir libremente entre exigir el cumplimiento forzado, aceptar otro producto o servicio equivalente, o rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado; todo sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios.
  • Artículo 40: si el daño resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responden el productor, fabricante, importador, distribuidor, proveedor, vendedor y quien haya puesto su marca, en forma solidaria, y sólo se libera quien demuestre que la causa le fue ajena.
  • Artículo 37: se tienen por no convenidas las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la responsabilidad, las que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor y las que inviertan la carga de la prueba en su perjuicio. Y la interpretación del contrato se hace en el sentido más favorable al consumidor.

Paso 3B: si no es relación de consumo

Estás en el terreno contractual puro: intimación fehaciente al proveedor y, si no hay solución, la vía judicial o el mecanismo que hayan pactado en el contrato. Acá la prueba técnica pesa todavía más, porque no tenés a favor las protecciones que la ley del consumidor le da al consumidor.

La vía técnica, que corre en paralelo a todas

Dentro de la obra, quien decide qué se hace con un lote no conforme es el Director de Obra. El reglamento le asigna la responsabilidad del control de conformidad y es explícito en que en ningún caso los resultados de los ensayos y registros de control interno y/o externo de la planta elaboradora eximirán al Director de Obra de realizar los ensayos de Control de Conformidad que le corresponden. Los resultados de la planta son información, no son tu control.

Si el lote resultó no conforme, el camino reglamentario es la verificación por extracción de testigos, y tiene un límite duro: sólo se aplica a estructuras en construcción cuyos lotes resultaron no conformes, y no a estructuras en las que se carezca de resultados de ensayos de probetas moldeadas. Si no moldeaste, no entrás por esa puerta.

Las cuatro vías, resumidas

VíaCuándo aplicaQué necesitás
Rechazo en obraEn el momento de la descarga, antes de colocarEnsayo de recepción hecho a tiempo y anotado en el remito
Reclamo directo al proveedorSiempre, y primeroPedido escrito, remitos, resultados y un reclamo por escrito con fecha
Defensa del ConsumidorSólo si sos destinatario final de la compraDNI, datos del proveedor y de la compra; se inicia gratis en la Ventanilla Federal Única
Contractual o judicialSi no hay relación de consumo o si el reclamo no prosperóToda la documentación técnica y, en general, una pericia

Los cuatro errores que hunden un reclamo

  1. Descargar y después quejarse de la consistencia. El reglamento manda rechazar el pastón no conforme; una vez colocado, esa vía se cerró.
  2. Agregar agua en obra sin dejarlo asentado. Es la defensa favorita de cualquier proveedor, y muchas veces tiene razón.
  3. No moldear probetas. Sin probetas te quedás sin control de conformidad y sin el camino de los testigos.
  4. Pedir de palabra. Si no hay un pedido escrito con clase, exposición y asentamiento, no hay contra qué comparar lo entregado.

Si estás por comprar y querés arrancar con la especificación por escrito desde el principio, armá el pedido en solicitar hormigón.

Preguntas frecuentes

Las probetas dieron abajo. ¿Puedo no pagar la factura?

Retener el pago tiene consecuencias contractuales propias y no es una decisión que puedas tomar a partir de una guía. Lo que sí corresponde hacer de inmediato es notificar el resultado por escrito al proveedor, conservar toda la documentación y que el Director de Obra defina el tratamiento del lote no conforme. Sobre el pago, consultá con un abogado.

¿Puedo reclamar si no tengo Director de Obra?

Podés intentarlo, pero vas a estar en desventaja: el control de conformidad, los registros, las probetas y la decisión sobre lotes no conformes son funciones que el reglamento le asigna a esa figura. Sin ella, lo más probable es que no tengas ninguno de los elementos que hacen falta para probar el incumplimiento.

¿Cuánto sale hacer el reclamo en Defensa del Consumidor?

El inicio del reclamo por la Ventanilla Federal Única es gratuito, según la información oficial del trámite. Los costos de una pericia técnica o de un abogado, si el caso escala, son otra cosa.

¿A quién le reclamo si el hormigón lo trajo un camión de un tercero?

En una relación de consumo, el artículo 40 de la Ley 24.240 establece responsabilidad solidaria entre productor, fabricante, importador, distribuidor, proveedor, vendedor y quien haya puesto su marca, liberándose sólo quien demuestre que la causa le fue ajena. Fuera de la relación de consumo, la respuesta depende del contrato y de los hechos, y ahí necesitás asesoramiento profesional.

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